| |
|
La
Federación de Asociaciones de la Prensa de España,
FAPE, es el órgano de representación, coordinación,
gestión y defensa de la profesión periodística
española
Federación
de Asociaciones de la Prensa de España
C/ Juan Bravo, 6- 28006. Madrid
http://www.fape.es
|
 |
La
FAPE se creó precisamente en Santander, el 19 de mayo de
1922. A lo largo de su ya dilatada vida la FAPE ha contado con 15
presidentes. Su historia es, por tanto, la de la profesión
periodística en España durante todo el presente siglo.
La FAPE es
una organización profesional y sindical que se rige por
la Ley 91/1977 de Asociaciones Profesionales y está legalizada
con el número 896.
La Federación
y las asociaciones que la integran, entre las que está
la Asociación de la Prensa de Cantabria, asumen los derechos
y deberes relativos a:
1.
El ejercicio de la libertad de información y expresión
recogidos en el artículo 20.1.a de la Constitución
Española.
2. La representación profesional y laboral de los periodistas
españoles.
3. El desarrollo de la deontología, periodística
e informativa.
|
| Pueden
ser miembros de la Federación de Asociaciones de la Prensa
de España las Asociaciones de Prensa legalmente constituidas
al amparo de la legislación vigente, estatal o autonómica,
que cumplan los requisitos contemplados en los estatutos de la FAPE
aprobados en Asamblea Extraordinaria celebrada en Lanzarote el día
8 de junio de 2001. |
| Corresponden
a la Federación de Asociaciones de la Prensa de España
las siguientes funciones, entre otras:
*
Representar
a todas las Asociaciones de la Prensa de España para el
cumplimiento de sus fines, sin perjuicio de la capacidad que corresponde
en su ámbito a las Asociaciones de la Prensa.
*
Estimular las iniciativas y conductas que contribuyan a la libertad
de información y expresión, con especial atención
a los problemas que puedan derivarse de la concentración
empresarial.
*
Velar por el cumplimiento de los principios deontológicos
en el ejercicio de la actividad periodística e informativa.
*
Conocer e intervenir en las cuestiones que afecten a los periodistas
asociados y ejercer en nombre de ellos todos los derechos reconocidos
en las Leyes, sin perjuicio de las que correspondan a las Asociaciones
de la Prensa y a cada periodista.
|

Jesús
de la Serna, ex presidente de la FAPE, junto a la presidenta de
la Asociación de la Prensa de Cantabria, María Angeles
Samperio, junto al monumento a los periodistas cántabros
ubicado en la Península de La Magdalena |
| 
El
ex presidente de la FAPE, Jesús de la Serna (izquierda),
saludado por el ex presidente de la APC, Juan Antonio Prieto |
*
A
tal efecto, la FAPE, a través de las Asociaciones de la
Prensa, podrá presentar candidaturas de periodistas a las
elecciones sindicales, al objeto de que formen parte de los comités
de empresa de los diferentes medios de comunicación.
*
Asimismo,
podrá constituir secciones sindicales en dichos medios,
al objeto de ejercer una más efectiva defensa de los intereses
laborales de los asociados.
*
Vigilar
por el fiel cumplimiento de los acuerdos a que se refiere el apartado
anterior y en especial lo que sea relativo al régimen de
contratación.
*
Impedir
y perseguir, en su caso, la competencia ilícita y velar
por la plena efectividad de las disposiciones que regulen las
incompatibilidades en el ejercicio del periodismo, y concretamente
lo relativo a las actividades publicitarias.
*
Promover
las reformas legales que sirvan a los fines establecidos en sus
Estatutos; e informar, cuando los Poderes Públicos lo soliciten,
las modificaciones de la legislación. |
| *
Homologar
los Estatutos particulares de cada una de las Asociaciones federadas,
o sus reformas, al objeto de garantizar su compatibilidad con
los vigentes Estatutos de la FAPE.
*
Mediar
en los conflictos que puedan suscitarse entre las distintas Asociaciones
de la Prensa integradas en la Federación, a petición
de alguna de las partes, y resolver con plena capacidad y en última
y definitiva instancia administrativa dichos conflictos.
*
Conocer
los recursos que ante la FAPE se establecen, contra la negativa
expresa o tácita de las respectivas Asociaciones de la
Prensa, a una petición de incorporación; y de los
que se interpongan en impugnación de acuerdos de imposición
de sanciones que, en función disciplinaria, adopten aquellas;
así como los que procedan contra otra clase de acuerdos,
cuando éstos vulneren las disposiciones vigentes y muy
especialmente las normas estatutarias. Agotado el cauce federativo,
podrá recurrirse por la vía judicial.
*
Establecer
con carácter nacional, las cuotas máximas para la
incorporación a las Asociaciones.
*
Crear
servicios de carácter común (profesionales, sindicales,
jurídicos, asistenciales, mercantiles o de cualquier tipo),
que contribuyan a una mejor gestión de los intereses de
la FAPE y las Asociaciones.
*
Establecer
y fortalecer sus vínculos con otras entidades internacionales
de periodistas, y entender sobre la defensa de los intereses de
estos profesionales extranjeros residentes en España, siempre
bajo el criterio de reciprocidad.
*
Cuantas
otras funciones redunden en beneficio de los intereses de los
periodistas.
*
Promover el establecimiento de contactos y/o convenios
con otros colectivos profesionales. |
|